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Calendario y las características del procedimiento competitivo de subastas para la asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpiblidad

Resolución de 24 de mayo de 2019, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba el calendario y las características del procedimiento competitivo de subastas para la asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpiblidad regulado en la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, para el periodo de entrega comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2019.

La Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, es la que regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad y desarrolla un mecanismo competitivo de asignación del recurso interrumpible puesto a disposición del sistema eléctrico a través de un procedimiento de subastas gestionado por el operador del sistema.

Esta Orden ha sufrido diferentes modificaciones con el objetivo de dar siempre los primeros pasos para adaptar el servicio a las exigencias de la normativa comunitaria, contemplando una reforma de los mecanismos de capacidad en el paquete legislativo presentado por la Comisión Europea el 30 de noviembre de 2016, denominado «Clean Energy for All Europeans» y en el informe sobre la investigación sectorial sobre los mecanismos de capacidad, publicado por la Comisión Europea en noviembre de 2016.

Además, establece el procedimiento de subasta en el que existirán dos productos diferenciados con diferente potencial de reducción y disponibilidad, y, determina que, con anterioridad al inicio del procedimiento de subastas, el operador del sistema remitirá a la Secretaría de Estado de Energía y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia propuesta justificada del requerimiento de potencia interrumpible para el siguiente periodo de entrega. Siendo, la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica, quien resuelva teniendo en cuenta la propuesta del operador del sistema y el informe emitido por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Con todo lo anterior, la Resolución de 24 de mayo de 2019, de la Secretaría de estado de energía, establece el calendario y las características del procedimiento de subastas para la asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad para el periodo de entrega que comienza el 1 de julio de 2019, definiendo, entre otros aspectos, la fecha en que tendrá lugar el proceso de subastas, los rangos de cantidades a subastar por cada tipo de producto, el precio de salida, el periodo de entrega de la potencia interrumpible y los plazos de solicitud y habilitación a considerar para el procedimiento de subastas.

El periodo de entrega de los productos a subastar será el periodo temporal comprendido entre el 1 de julio de 2019 y el 31 de diciembre de 2019, ambos incluidos. En el procedimiento de subastas, se subastarán dos productos diferentes, definidos en el artículo 5 de la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, modificada por la Orden ETU/362/2018, de 6 de abril, como son (a) Producto 5 MW: bloques de reducción de demanda de 5 MW y, (b) Producto 40 MW: bloques de reducción de demanda de 40 MW, con muy alta disponibilidad.

El proceso de subasta tendrá lugar del 17 al 21 de junio de 2019, realizándose a través de varias convocatorias de acuerdo a la secuencia que se establezca en las reglas del procedimiento de subastas. Será, el Administrador de la Subasta quien hará públicos a través de la página web del proceso de subastas del servicio de interrumpibilidad, incluida en la página web e-sios (www.esios.ree.es), los datos específicos de las convocatorias de subastas a celebrar, así como la actualización de dichos datos, de acuerdo con lo previsto en las reglas del procedimiento de subastas.

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Source: Actualidad normativa

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