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Baja de prestaciones por ERTE

Nota del SEPE.

Tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 30/2020, el SEPE ha suprimido la obligatoriedad de remisión del modelo Excel de comunicación de baja.

La baja en la prestación, a efectos del pago, se comunicará por la empresa exclusivamente a través de los ficheros XML de periodos de actividad:

https://sede.sepe.gob.es/portalSedeEstaticos/flows/gestorContenidos?page=comunicados

Por otra parte, se recuerda que la obligación de comunicación previa, para el control de las prestaciones por la Inspección de Trabajo, puede realizarse a través del siguiente servicio:

https://sede.sepe.gob.es/contenidosSede/generico.do?pagina=/proce_empresa/certificados_orden_ESS_982_2013.html

Source: Actualidad normativa

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