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Acuerdo de derogación del Real Decreto-Ley 4/2017 de la estiba

Resolución de 16 de marzo de 2017, del Congreso de los Diputados, por laque se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley4/2017, de 24 de febrero, por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías dando cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de11 de diciembre de 2014, recaída en el asunto C-576/13 (procedimiento de infracción 2009/4052).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día 24-03-2017, acordó derogar el Real Decreto-ley 4/2017,de 24 de febrero, por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías (estibadores) dando cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014, recaída en el asunto C-576/13 (procedimiento de infracción 2009/4052), publicado en el BOE de 25 de febrero de 2017.

El principal objetivo de esta disposición normativa del Gobierno era eliminar las restricciones y establecer la libertad de contratación. Para ello, el Ejecutivo quería que las empresas estibadoras no tuvieran que participar obligatoriamente de las Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP) ni que tuvieran que contratar a los trabajadores que ponen estas a su disposición.

Así, el Real Decreto-Ley contemplaba la creación de los centros portuarios de empleo (CPE) cuyo objetivo era el empleo regular de los estibadores así como su formación y cesión temporal a empresas titulares de licencia de prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías o de autorización de servicios comerciales portuario que actuarían como compañías de trabajo temporal específicas para el sector.

El proceso de cambio en la contratación contaba con un período transitorio de adaptación de tres años, desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley, en el que las SAGEP subsistirían hasta su extensión o hasta su regulación como Empresas de Trabajo Temporal (ETT).

Ahora, el Pleno del Congreso de los Diputados ha derogado, con 174 votos en contra, 33 abstenciones y 142 votos a favor, el Real Decreto-Ley por el que se modifica el régimen de los estibadores que entró en vigor el 25 de febrero, día de su publicación en el BOE, y que pretendía dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 11 de diciembre de 2014, recaída en el asunto C-576/13.

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Source: Actualidad normativa

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