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Trámite de inscripción previa de la ayuda extraordinaria dirigida a personas trabajadoras afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo como consecuencia de la crisis derivada de la COVID-19

ORDEN EMT/137/2021, de 25 de junio, por la que se abre el trámite de inscripción previa de la ayuda extraordinaria dirigida a personas trabajadoras afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo como consecuencia de la crisis derivada de la COVID-19 y a personas con contrato fijo discontinuo beneficiarias de la prestación extraordinaria.

El Decreto Ley 46/2020, de 24 de noviembre, de medidas urgentes de carácter administrativo, tributario y de control financiero, regula el régimen jurídico de las ayudas extraordinarias y, respecto de la regulación actual del procedimiento de concesión de ayudas, incorpora un trámite potestativo de inscripción previa al procedimiento de concesión de ayudas en situaciones de carácter excepcional, como los que se requieren en la situación actual de pandemia originada por la COVID-19 y que tienen como característica primordial el hecho de tener un número de potenciales beneficiarios muy relevante.

Este trámite se establece con la finalidad de definir con claridad los términos de la ayuda y a efectos de que la Administración disponga de les datos que sean relevantes para la definición de les bases y de la respectiva convocatoria.

Establece que la regulación de la inscripción previa se tiene que establecer mediante una Orden, en la cual también deben constar el objeto de las ayudas, las condiciones que han de cumplir las personas interesadas, el contenido de la información que se debe facilitar, el plazo y el mecanismo de presentación de la información necesaria a estos efectos.

Inscripción previa

La presentación del formulario de inscripción previa es condición necesaria para poder percibir la ayuda extraordinaria, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. La prelación por orden de entrada en la inscripción previa no otorga preferencia en el otorgamiento de la ayuda.

Una vez publicadas las convocatorias de las ayudas extraordinarias y sin más trámite por parte de la persona interesada, la presentación del formulario de inscripción previa, rellenado con los datos requeridos, produce los efectos de solicitud de la ayuda. El derecho de la persona interesada a percibir la ayuda no nace hasta el momento en que se dicte la resolución de otorgamiento correspondiente.

La inscripción previa se puede mantener vigente en el supuesto de ampliación de la dotación presupuestaria de la convocatoria.

Personas interesadas que pueden efectuar la inscripción previa

La inscripción previa pueden realizarla las personas interesadas siguientes, que cumplan los requisitos:

  1. Las personas físicas trabajadoras por cuenta ajena, incluidas las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo.
  2. Las personas socias trabajadoras de cooperativas y sociedades laborales y las personas socias de trabajo de cooperativas.

Requisitos para acceder a la inscripción previa

Para acceder a la inscripción, los interesados ​​deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener el domicilio en un municipio de Cataluña.

b) Encontrarse incluidos en un expediente de regulación temporal de empleo activo (ERTE), con suspensión total o parcial del contrato, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor relacionadas con la COVID-19, al menos un día en el período comprendido entre el 1 y el 31 de mayo de 2021 o, en los casos de personas con contrato fijo discontinuo previsto en la Disposición final segunda del Real decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, antes referenciados, en el plazo mencionado.

Se considera que concurren causas de fuerza mayor derivadas de la COVID-19 en los supuestos que se haya decidido por la empresa la suspensión de contratos, de acuerdo con el Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo de medidas extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19, el Real Decreto 24/2020 de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial y el Real Decreto-ley 30/2020 de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, habiendo estado prorrogada la vigencia del artículo 9 de dicho Real Decreto-ley hasta el 30 de septiembre de 2021 por el artículo 4 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo y modificado el apartado 2 del artículo 9 por la Disposición final segunda del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero.

c) Ser titulares de la prestación contributiva por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), o de la prestación extraordinaria prevista en el artículo 9 del Real Decreto Ley 30/2020, de 29 de diciembre, de medidas sociales en defensa del empleo, habiendo sido prorrogada su vigencia hasta el 30 de septiembre de 2021 por el artículo 4 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo y modificado el apartado 2 del artículo 9 por la Disposición final segunda del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, en el período indicado en el apartado anterior, o tengan pendiente el reconocimiento de la prestación por parte del SEPE, derivado de un ERTE dentro del mismo período indicado.

d) Cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y demás normativa aplicable.

Plazo para efectuar la inscripción previa

El formulario de inscripción previa se puede presentar desde las 9.00 horas del día 5 de julio de 2021 y hasta las 15:00 horas del día 15 de julio de 2021.

DOGC:
Source: Actualidad normativa

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