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Prórroga de las medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido, Brasil y Sudáfrica y los aeropuertos y puertos españoles

Orden PCM/164/2021, de 24 de febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2021, por el que se prorrogan los Acuerdos del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020 y de 2 de febrero de 2021, por los que, respectivamente, se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles; y los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 23 de febrero de 2021, a propuesta de la Ministra de Sanidad y del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ha adoptado nuevo Acuerdo para prorrogar las medidas ya adoptadas y frenar la propagación y contagio del virus COVID-19 ante las nuevas cepas procedentes de Reino Unido, República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica.

Las medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio que son objeto de prórroga fueron adoptadas en virtud de los Acuerdos del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020 y de 2 de febrero de 2021, que limitan los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles; y los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.

Las nuevas prórrogas se comunicarán, a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a la Comisión Europea y al resto de Estados miembros y, a través del Ministerio de Sanidad, se realizará la correspondiente notificación a la Organización Mundial de Salud en aplicación del Reglamento Sanitario Internacional.

A continuación, detallamos las nuevas medidas:

  1. Prórroga del Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020: la eficacia de las previsiones contenidas en este Acuerdo de limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles, se prorrogará desde las 18:00 horas del día 2 de marzo de 2021 (hora peninsular) hasta las 18:00 horas del día 16 de marzo de 2021 (hora peninsular).
  2. Prórroga del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021: se prorroga la eficacia de las previsiones contenidas en este Acuerdo para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles, desde las 18:00 horas del día 2 de marzo de 2021 (hora peninsular) hasta las 18:00 horas del día 16 de marzo de 2021 (hora peninsular).

BOE:
Source: Actualidad normativa

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