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Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible (MOVES)

Real Decreto 72/2019, de 15 de febrero, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES).

En relación directa con el comercio de nuestro país, el pasado día 15 de este mes, se dictaba por el Gobierno las reglas para las ayudas del Programa Moves. Este Programa, que ya está en vigor, tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos adecuadas en todo el territorio nacional.

El cambio climático y el aumento de temperaturas que sufre nuestro planeta, constituye uno de los mayores retos medioambientales y socioeconómicos a escala internacional. Ya en 2015 se llegó a un Acuerdo internacional en París, que fue firmado por 195 países. En el ámbito europeo, la Comisión Europea presentó un paquete legislativo basado en la «Energía limpia para todos los europeos» para profundizar en la articulación de la Estrategia de la Unión de la Energía y garantizar el cumplimiento de compromisos globales como los del Acuerdo de París. Dicho paquete, incluye importantes reformas con el objetivo de avanzar en la transición energética.

En España, como en otros países, la senda de emisiones de gases de efecto invernadero es creciente, habiendo experimentado un aumento de las emisiones de CO2, principal gas de efecto invernadero, del 4,4 % en 2017 respecto al año anterior, lo que supone el mayor aumento interanual desde 2002. Por eso, para hacer frente a este incremento se adoptan medidas destinadas a reducir el consumo de los combustibles fósiles, actuando prioritariamente en el sector del transporte, dado que, finalmente, es el que tiene mayor consumo final de energía en nuestro país, casi un 42%. De este consumo, el transporte por carretera representa el 80 %, con cerca de un 95 % de dependencia de los derivados del petróleo.

Las ayudas reguladas por el presente real decreto serán cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020 (POPE), en todos aquellos casos en que las actuaciones respondan a las contempladas como financiables en dicho programa.

Actividades subvencionables y beneficiarios

En primer lugar, destacar que serán beneficiarios directos de estas ayudas las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla que deberán destinar el importe de las ayudas a los sujetos que a continuación detallaremos. A la vez decir, que existen cuatro tipos de actividades subvencionables, éstas son: adquisición de vehículos de energías alternativas, implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, implantación de Sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y la implantación de medidas contenidas en Planes de Transporte al Trabajo de empresas.

Podrán ser beneficiarios de las actividades subvencionables:

a) Los profesionales autónomos, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

b) Las personas físicas mayores de edad residentes en España no incluidas en el anterior apartado.

c) Las Comunidades de propietarios.

d) Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.

e) El sector público que comprende, según el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, la Administración General del Estado, las administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la administración local y el sector público institucional, integrado por cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las administraciones públicas, las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las administraciones públicas y las universidades públicas.

En caso de tratarse de una entidad perteneciente al sector público deberá presentar una declaración responsable donde acredite su adscripción, especificando si se refiere a la Administración General del Estado, a una comunidad autónoma o a una entidad local.

Ahora bien, para la implantación de Sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y la implantación de medidas contenidas en Planes de Transporte al Trabajo de empresas, se excluyen como posibles beneficiarios a las personas físicas y las comunidades de propietarios.

Este programa está dotado inicialmente con un presupuesto máximo que asciende a la cantidad de 45.000.000 euros, con cargo al presupuesto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.

TEXTO COMPLETO:

Source: Actualidad normativa

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