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Criterios generales del Plan de control tributario de la Agencia Tributaria de Cataluña para el año 2021

RESOLUCIÓN VEH/435/2021, de 10 de febrero, por la que se da publicidad a los criterios generales del Plan de control tributario de la Agencia Tributaria de Cataluña para el año 2021.

El Plan de control tributario para el año 2021 se enmarca dentro de la programación anual de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC), en congruencia con la programación plurianual definida en el Plan de prevención y reducción del fraude fiscal y de fomento de las buenas prácticas tributarias 2019-2022.

Durante el 2021, vista la incertidumbre que provoca la pandemia, se promoverá la omnicanalidad para favorecer el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.

Las principales novedades en los criterios generales del Plan de control tributario 2021 se estructuran en tres grandes bloques:

    1. Actuaciones de prevención del fraude tributario y asistencia a los obligados tributarios

    2. Actuaciones de comprobación del fraude tributario

    3. Colaboración con las administraciones públicas e intermediarios fiscales

Criterios

1. Con respecto a la asistencia a los obligados tributarios, la implementación de nuevos canales y herramientas de relación con la ciudadanía se convierte en un elemento clave en el contexto en que nos encontramos, ya que permitirá mejorar de forma significativa la interacción de los contribuyentes con la Agencia, en términos de calidad, inmediatez y seguridad.

Durante el año 2021 se incrementarán los trámites que pueden hacerse mediante tramitación atendida, se ampliará el servicio de atención telefónica “L’ATC us truca”, y se implementará la asistencia mediante videollamada. Sin embargo, se conformará un espacio de colaboración con la ciudadanía para facilitar la asistencia en la tramitación con funcionalidades de aportación y firma de documentos. También se revisará la presentación de autoliquidaciones de transmisiones patrimoniales y sucesiones y donaciones para hacerlas más proactivas, mediante la generación de borradores de estos impuestos.

También se seguirá trabajando en el desarrollo del actual sistema de relación con el contribuyente (SRC), poniendo especial énfasis en las funcionalidades necesarias para gestionar el impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono, el cual se aplicará por primera vez en el 2021.

En el ámbito de la prevención del fraude, se seguirá incidiendo en el desarrollo del modelo de gobernanza de los datos tributarios, que comportará la mejora de la explotación de la tecnología avanzada para la gestión de datos, la detección y delimitación de patrones de fraude fiscal mediante la utilización de herramientas de analítica de datos, el diseño de tratamientos específicos efectuados para luchar contra el fraude, y el refuerzo en la detección y selección de riesgos de incumplimientos tributarios.

Con el fin de profundizar en la transformación digital iniciada por la Agencia, se continuará la automatización de los procesos de implementación de herramientas y funcionalidades de gobernanza de datos e innovación tecnológica que permitan a la ciudadanía un ahorro de tiempo y una mejora del acceso a sus datos tributarios, y una asistencia de proximidad personalizada.

En el ámbito de la recaudación, se impulsarán las resoluciones de concesiones automatizadas de aplazamiento/fraccionamiento y los calendarios provisionales de pago concedidos en la tramitación de expedientes de aplazamiento y fraccionamiento de especial complejidad.

2. Por lo que se refiere, específicamente, a las actuaciones de comprobación del fraude tributario, durante el 2021 se prevé reforzar las actuaciones de control e investigación gracias a la explotación de los datos obtenidos a partir de declaraciones informativas y de acuerdos de intercambio de información con otras administraciones, o de fuentes externas.

En cuanto a los tributos cedidos y, concretamente, con respecto al impuesto sobre sucesiones y donaciones y el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, se prevé continuar la comprobación del valor declarado por los contribuyentes, con especial atención en el sector inmobiliario.

En el ámbito específico del impuesto sobre sucesiones, se prevé reforzar con carácter general el control de las reducciones por parentesco y seguros y de los beneficios fiscales de que disfrutan las empresas y sociedades familiares. También se reforzará el control de los préstamos que constan otorgados por el causante y que podrían ser adicionables a la masa hereditaria.

En el ámbito particular del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, se continuará y se ampliarán a nuevos hechos imponibles las actuaciones de comprobación e investigación a partir de la información que contienen las declaraciones informativas resumen enviadas por los notarios y notarias con destino en Cataluña, las cuales se utilizarán como elemento de contraste de los datos declarados por los contribuyentes.

En el impuesto sobre el patrimonio, se seguirá incidiendo en la comprobación e investigación de los cambios de domicilio y de las deslocalizaciones, y en la comprobación de las estructuras societarias. Además, también se prevé la comprobación de la correcta valoración de los inmuebles y la comprobación de los requisitos para disfrutar de beneficios fiscales, y seguir investigando la tenencia de criptomonedas con el objetivo de garantizar la adecuada tributación de la titularidad de monedas virtuales. Como novedad, se profundizará en la investigación de inconsistencias en el patrimonio, provocadas, principalmente, por la existencia de bienes no declarados o incorrectamente declarados situados en el extranjero.

En relación con los tributos propios, se da un nuevo impulso a la comprobación, y, para mejorar la revisión y el control, se sistematizará un plan de requerimientos automáticos para aquellos sujetos pasivos que consten en los censos correspondientes y no presenten declaraciones o los que presenten declaraciones y no consten en los censos. También se prevé reforzar las actuaciones para asegurar la recaudación de las deudas, y se impulsará el control de la deuda pendiente en periodo ejecutivo para reducirlo, y también la posible rehabilitación de créditos declarados incobrables.

3. Con respecto a la colaboración con las administraciones públicas, y otros actores del ecosistema tributario, durante el 2021 se prevé seguir profundizando en la colaboración en materia tributaria con las diputaciones, consejos comarcales y ayuntamientos, en el marco de Tributos de Cataluña, tanto con respecto a las actuaciones de asistencia a los contribuyentes como al intercambio de información y al aumento de la eficacia en la gestión de la recaudación de las deudas en periodo ejecutivo. Con referencia a la colaboración con colegios y asociaciones profesionales, se incidirá en la potenciación de los acuerdos para incrementar el uso de los medios electrónicos y telemáticos.

El objetivo de las medidas incorporadas en el Plan de control tributario es asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, para reducir así la brecha fiscal (tax gap), que será objeto de recálculo durante el 2021. Una de las principales funciones del Plan de control consiste en determinar y definir las áreas de riesgo sobre las que es necesario actuar prioritariamente para prevenir y reducir el fraude fiscal, lo cual implica un esmerado análisis previo de sus manifestaciones, con el fin de programar las actuaciones que hay que realizar para conseguir el objetivo establecido con la máxima eficacia y eficiencia, optimizando los recursos humanos y materiales disponibles.

DOGC:
Source: Actualidad normativa

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