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Cambios en determinadas declaraciones informativas: Modelos 180, 182, 187, 189, 198 y 289

Orden HAC/1276/2020, de 28 de diciembre, por la que se modifican determinadas declaraciones informativas, la Orden de 20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban los modelos 115, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso, los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre, por la que se aprueba el modelo 182 de declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas, la Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, la Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva, y la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.

La presente Orden modifica determinadas declaraciones informativas, introduciendo cambios en los modelos 180, 182, 187, 189, 198 y 289.

La presente Orden entra en vigor el 30 de diciembre de 2020 y será aplicable, por primera vez, para las declaraciones correspondientes a 2020 que se presentarán en 2021.

No obstante, el segundo punto del artículo cuarto no entrará en vigor hasta que lo haga la modificación del art. 39 del RD 1065/2007 (RGAT), que establezca la obligación de informar contenida en dicho artículo de esta Orden.

Las principales modificaciones que contiene la presente Orden son las siguientes:

Artículo primero

Modifica los diseños de registro del modelo 180, declaración informativa del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos, para actualizar los códigos de situación de los inmuebles a la nueva situación de las referencias catastrales incluidas en otros modelos (como ocurre en el caso del modelo 184), distinguiendo entre inmuebles con referencia catastral de la Comunidad Autónoma del País Vasco o de la Comunidad Foral de Navarra (hasta el momento, incluidos bajo una misma codificación en el modelo 180).

Artículo segundo

Modifica la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, en un triple sentido:

• Como consecuencia de lo dispuesto en el Convenio firmado entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Consejo General del Notariado el 3 de febrero de 2020, se añade una nueva disposición adicional quinta, para entender cumplida la obligación de presentar este modelo a partir de 2022, correspondiente a la información del modelo 198 del ejercicio 2021, mediante la remisión de la información telemática equivalente contenida en el Índice Único Notarial. De esta forma, se evitan posibles duplicidades en la información remitida por estos fedatarios públicos.

• Se introduce una modificación técnica en los campos «COMPENSACIÓN MONETARIA ENTREGADA/RECIBIDA» y «COMPENSACIONES» de los diseños físicos y lógicos del modelo, para posibilitar que se puedan registrar también en aquel campo los importes que puedan derivar en operaciones con la clave de operación L (Split y contrasplit de valores), ya que la redacción actual la limita a las claves de operación V, Y y Z (canjes de valores, fusiones y escisiones previstos en el Capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades).

• Se añade un nuevo campo en el modelo 198 relativo al «EJERCICIO OPERACIÓN RELACIONADA», al objeto de informar únicamente en el mismo sobre operaciones relacionadas que correspondan a un ejercicio distinto al de la propia declaración.

Artículo tercero

Modifica el modelo 182, declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas, para trasladar la información relativa al titular del patrimonio protegido a los registros de tipo 2 del modelo (actualmente estos campos de información figuran en los registros de tipo 1), con la finalidad de mejorar la incorporación y traslado automático de la información a la declaración del IRPF en próximas campañas.

Artículo cuarto

Introduce dos modificaciones en los diseños de registro del modelo 189, declaración informativa anual de valores, seguros y rentas:

• La primera de ellas es la relativa al campo «NÚMERO DE VALORES» (posiciones 96-107), ya que actualmente únicamente contempla la posibilidad de consignar dos decimales, en algunos casos insuficientes para cumplimentar correctamente la declaración. Por esta razón, se amplía el número de posiciones de este campo, de manera similar al modelo 187, si bien para evitar desplazar el resto de campos del modelo, se traslada este campo «número de valores» a las nuevas posiciones existentes al final del mismo (posiciones 130 a 145). Las actuales posiciones 96 a 107 de este campo quedarán, por tanto, en blanco.

• La segunda modificación consiste en incluir un nuevo campo relativo al «NOMINAL DE LOS VALORES» (posiciones 146 a 161), campo destinado a mejorar la información necesaria para la herramienta de asistencia al contribuyente «Cartera de Valores», y cuya aprobación requiere de la modificación oportuna del art. 39 del RD 1065/2007 (RGAT), modificación a la que queda condicionada, por lo que no entrará en vigor hasta que lo haga esta modificación reglamentaria.

Artículo quinto

Modifica los diseños de registro del modelo 187, Declaración informativa relativa a acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta relativas a rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones y derechos de suscripción, incluyendo un nuevo campo «PAGO A CUENTA POR SOCIO/ PARTÍCIPE», para poder identificar en este modelo 187, aquellas operaciones en las que, no siendo de aplicación ningún supuesto de retención o ingreso a cuenta, corresponda efectuar un pago a cuenta por el socio o partícipe que la realiza, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 76.2 y 108 del RD 439/2007 (Rgto IRPF) y el art. 62 del RD 634/2015 (Rgto IS).

De esta forma, con la nueva marca será posible una mejor gestión de la información fiscal procedente de este modelo 187 presentado por el declarante, y el propio pago a cuenta que debe haber realizado el socio o partícipe correspondiente a través del modelo 117 (autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta de rentas procedentes de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción).

Artículo sexto

Actualiza el contenido de los anexos I y II de la orden del modelo 289, relativo a la declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, a la situación actual de los países comprometidos al intercambio de información, incluyendo en el listado a los países con los que se intercambiará a partir del ejercicio 2021. Además, se modifica el Anexo III, al objeto de subsanar una referencia imprecisa en el punto 24 del mismo.

BOE:
Source: Actualidad normativa

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